¿Tenes mascotas?

Mirá qué dice el reglamento.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Sobre las mascotas:

a) Todos los animales domésticos deben cumplir con todos los requisitos legales y municipales vigentes (razas permitidas, vacunación etc.)

b) Todos los animales deberán ser registrados por su responsable en la Administración del Club, la que entregará una medalla identificatoria que deberá colocarse en el collar del animal.

c) Está prohibida la circulación de perros sueltos por la Sede. Se deberán pasear los perros con correa y los identificados como raza peligrosa, con bozal.  Los perros que se encuentren sueltos podrán ser capturados por la Guardia o por el servicio de perrera contratada por la Sede. Los que tengan identificación serán trasladados a los caniles ubicados en galpón de maquinarias, y sólo podrán retirarlos sus responsables, previa entrega de una bolsa de alimento balanceado para perros de 20 kilogramos. Los perros sueltos sin identificación serán retirados de los límites del Country y remitidos a la perrera Municipal.

d) Está prohibido ingresar con animales domésticos a las instalaciones del sector social y deportivo, tales como pileta, restaurante, bar y terrazas adyacentes, canchas de golf, de tenis, fútbol y demás.

e) Está prohibido criar animales de cualquier tipo, incluidas aves de corral y animales domésticos.

f) Está prohibido circular a caballo o en carruajes con tracción sangre.

 

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